Crónica jurídica de un año de COVID-19.

Ha pasado casi un año desde que, el 14 de marzo de 2020, en España se declaró el estado de alarma por COVID-19 y, como es bien conocido, en este tiempo se han sucedido graves y, para no pocas personas, muy tristes acontecimientos en todos los ámbitos de nuestra vida personal, familiar, social, laboral, política, institucional, cultural… 

En el plano jurídico hemos vivido, y seguimos viviendo, buena parte de estos doce meses en el contexto normativo de un estado de alarma (en realidad tres si hablamos de varios municipios de la Comunidad de Madrid y dos en el resto de España), en el que se han limitado de manera especialmente intensa varios derechos fundamentales, en particular durante la vigencia del primer estado de alarma, lo que generó un intenso debate que no se ha apagado todavía y al que debe contribuir de manera muy relevante el Tribunal Constitucional dando respuesta a los recursos de inconstitucionalidad interpuestos contra los Decretos 463 y 926 del año 2020. 

A través de este blog, y de otras publicaciones, he tratado de participar, desde el 9 de marzo del año pasado, en ese debate, seguramente con muchos más errores que aciertos. Mis aportaciones están disponibles en esta crónica, que se puede descargar en PDF.

En el blog publiqué cincuenta entradas que, a efectos sistemáticos, cabría diferenciar en tres grandes partes, a su vez muy conectadas entre sí: en primer lugar, la relativa a la propia declaración del estado de alarma, las consecuencias derivadas de los tres decretos que acordaron dicho estado y sus numerosas prórrogas, su incidencia en un Estado autonómico que estaba naciendo cuando se aprobó la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio y, finalmente, las ventajas e inconvenientes que la aplicación de este estado ha evidenciado durante estos 12 meses. 

En segundo lugar, el análisis de la incidencia de la pandemia y de las propias medidas jurídicas aprobadas para combatirla en concretos derechos fundamentales como el derecho a la igualdad y no discriminación, el derecho a la salud, la libertad personal, la libertad de circulación, las libertades de expresión e información, el derecho de reunión, el derecho de voto, el derecho a la educación… 

Finalmente, en un tercer gran apartado se atendió a la incidencia de la pandemia en las personas y grupos más vulnerables: personas mayores, ingresadas o no en centros sociosanitarios, personas enfermas, menores de edad, personas en situación de pobreza, personas extranjeras en situación irregular, personas internas en centros penitenciarios…

En esta “publicación” se pueden leer todas las entradas del blog sobre estos asuntos, otras publicaciones de índole más académica y los cinco programas sobre cine, series y derecho en tiempos de pandemia emitidos durante el verano en el programa Julia Otero en la Onda, dirigido en ese tiempo por Arturo Téllez.

Foto del Hospital Universitario Central de Asturias (Alberto Morante, Efe).

1 comentario en “Crónica jurídica de un año de COVID-19.

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