En el texto ¿es constitucional la pena de prisión permanente revisable? (puede descargarse en formato pdf) intento dar una respuesta jurídica a la pregunta con la que se titula, cuestión que, en el momento de escribir el trabajo (septiembre de 2018) pero también en el momento en el que se publica el libro (Un sistema de sanciones penales para el siglo XXI, dirigido por Luis Roca de Agapito) en el que se incluye (noviembre de 2019), está pendiente de resolver por parte del Tribunal Constitucional, ante el que se ha presentado un recurso de inconstitucionalidad promovido por diputados de los Grupos Parlamentarios Socialista, Catalán, Izquierda Unida, Izquierda Plural, Unión Progreso y Democracia, Nacionalista Vasco y miembros del Grupo Mixto.
Aquí puede leerse una entrada anterior, en la que ya recomendaba el libro colectivo Contra la pena de muerte editado por los profesores Luis Arroyo, Juan Antonio Lascuraín y Mercedes Pérez, y coordinado por la profesora Cristina Rodríguez Yagüe. A la profesora Rodríguez Yagüe y a los profesores Jacobo Dopico y María del Mar Martín quiero agradecerles su generosa ayuda en materia bibliográfica.
En esta otra entrada se comenta brevemente una reciente sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que resolvió, por unanimidad, el recurso de casación sobre una condena a la pena de prisión permanente revisable y, en ese contexto, hizo una valoración tan clara como crítica sobre el encaje de esa pena en nuestro ordenamiento.
Yo entiendo es que constitucional, por grave que parezca. España lejos de implantar la cadena perpetua como en otros países ha instaurado una pena que puede verse reducida en caso de buen comportamiento por parte del autor. No deja de ser una segunda oportunidad y más en casos de asesinatos como, desgraciadamente, están ocurriendo en la actualidad.
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