Las elecciones ya están aquí (1): la convocatoria.

Hace unos meses escribíamos en esta bitácora, al hilo de la celebración de  elecciones al Congreso y al Senado (28 de abril), al parlamento de la Comunitat Valenciana (28 de abril), a los parlamentos de Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Illes Balears, La Rioja, Madrid, Murcia y Navarra (26 de mayo), al Parlamento Europeo (26 de mayo) y a 8.093 ayuntamientos (26 de mayo), que nunca hasta entonces se había producido, en un período de tiempo tan breve, tal acumulación de procesos electorales en nuestro país. Pues bien, y como es sabido, antes de finales de año tendremos, al menos, un nuevo proceso electoral, el de los comicios a las Cortes del próximo 10 de noviembre. Como esas elecciones ya casi están aquí retomo la publicación unos de breves apuntes sobre aspectos centrales de nuestro sistema electoral (convocatoria de las elecciones, derechos de sufragio activo y pasivo, Administración Electoral, candidaturas, campaña electoral, encuestas, fórmulas electorales…)

Como explica con detalle en este comentario Carlos Fernández Esquer no se trata, en sentido jurídico, de la «repetición» de las elecciones del 28 de abril, sino de unas «nuevas elecciones» aunque serán las primeras que se celebren de acuerdo con el «régimen abreviado» introducido por la Ley Orgánica 2/2016, de 31 de octubre, de modificación de la LOREG, para el supuesto de convocatoria automática de elecciones en virtud de lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 99 de la Constitución, que ha previsto, como principales novedades para estos supuestos, las siguientes: 

-. el proceso durará 47 días y no los 54 habituales, 

-. las agrupaciones de electores y los partidos, federaciones o coaliciones que no hubieren obtenido representación parlamentaria en ninguna de las Cámaras no necesitarán recabar de nuevo las firmas que exige el apartado 3 del artículo 169 de esta Ley Orgánica para presentar candidaturas cuando ya las hubieran presentado para las elecciones del 28 de abril y el número de firmas válidas hubiera superado el número exigido, 

-. los partidos y federaciones que establezcan un pacto de coalición para concurrir conjuntamente a las elecciones deben comunicarlo a la Junta Electoral Central o a la Junta Electoral Provincial si el ámbito de la coalición se reduce a la circunscripción, en los 5 días siguientes a la convocatoria. En el caso en que se desee mantener en los mismos términos el pacto de coalición con el que se concurrió a las elecciones del 28 de abril bastará con comunicar expresamente dicha voluntad mediante escrito dirigido a la Junta Electoral Central o a la Junta Electoral Provincial si su ámbito se reduce a la circunscripción,

.- la campaña electoral, que empezará el día trigésimo octavo posterior a la convocatoria, durará 8 días,

.- se entenderá válida y no requerirá que vuelva a ser formulada para el nuevo proceso electoral la solicitud aceptada por la Oficina del Censo Electoral que los españoles inscritos en el censo de los electores residentes-ausentes en el extranjero hubieren formulado para las elecciones a Cortes Generales inmediatamente anteriores, siempre que dichos españoles sigan inscritos en el censo de electores residentes-ausentes vigente para las nuevas elecciones,

.- la distribución del tiempo gratuito de propaganda electoral en cada medio de comunicación de titularidad pública y en los distintos ámbitos de programación que estos tengan, se reduce a la mitad del previsto en el baremo del artículo 64 de la LOREG.

El Real Decreto 551/2019, de 24 de septiembre, de convocatoria de elecciones, dispone que la campaña electoral comenzará a las cero horas del viernes 1 de noviembre y finalizará a las veinticuatro horas del viernes 8 de noviembre. También que las Cámaras resultantes se reunirán, en sesiones constitutivas, el día 3 de diciembre de 2019, a las diez horas. El reparto de escaños por circunscripciones coincide con el de las pasadas elecciones, donde, por poner  2 ejemplos, Madrid ganó un escaño respecto a las elecciones de 2016 (allí se elegirán 37) y Asturias perdió uno (se elegirán 7).