Tras la lectura del texto Shorter, better, faster, free: Blogging changes the nature of academic research, not just how it is communicated, publicado por Patrick Dunleavy en el blog The Impact of Social Sciences, me parece oportuno hacer un pequeño comentario sobre lo que se puede aportar a través de un blog académico y, en particular, cómo se configura este blog El derecho y el revés.
Creo, en primer lugar, que es una obligación inherente al desempeño de un trabajo académico (añadiría que al ejercicio de cualquier actividad sufragada con dinero público) dar la máxima difusión social a los conocimientos adquiridos y a las conclusiones obtenidas. Como es bien sabido, esta tarea puede llevarse a cabo de diferentes maneras: participando en charlas y jornadas divulgativas, interviniendo en los medios de comunicación, colaborando con entidades no lucrativas y, claro, a través de las herramientas electrónicas. A este respecto, los blogs, facebook, twitter,…, y otras redes sociales permiten, como recuerda Dunleavy, llegar a una audiencia potencialmente muy amplia a un coste mínimo (mi blog se aloja gratuitamente en WordPress) y con muy pequeño esfuerzo (el diseño del blog no precisa de conocimientos técnicos y el aprendizaje de sus herramientas es muy sencillo).
En mi caso, el blog lleva abierto desde mayo de 2008 y desde entonces he mantenido una actividad no muy intensa pero sí continuada: 357 entradas con ésta (aproximadamente, una a la semana). Utilizando las tablas que aporta Dunleavy, y que reproduzco más abajo, esta bitácora se incluye en la categoría «solo blogs» y, efectivamente, soy autor de casi todas las entradas aunque, de forma muy esporádica, se incluyeron textos de algún colega. Estoy abierto a la colaboración de más personas pero, tal vez, el propio blog transmita una imagen muy personal (“idiosyncratic” en expresión de Patrick Dunleavy ) y poco receptiva. Tampoco el número de comentarios es grande: 457.
La configuración personal se evidencia también en la temática tratada y, por supuesto, en el contenido de cada texto, si bien he tratado de reflejar mi opinión “profesional” antes que la meramente personal
La extensión de las entradas no suele ser muy larga aunque cada vez los textos son más cortos (supongo que no lo suficiente para bastantes lectores); esta progresiva reducción se debe, en parte, a que muchas entradas reproducen un texto publicado en un medio escrito o digital que, a su vez, suele tener como norma editorial una extensión no superior a las 800 palabras.
También en mi caso el empleo de facebook y twitter (WordPress permite que cada entrada del blog aparezca de forma inmediata en esas plataformas) sirve como medio de difusión, junto con la inestimable ayuda de amigos y colegas, que a su vez divulgan las entradas por esas u otras redes sociales.
Es importante tener presente que la persona que accede a un blog de perfil más académico no tiene por qué tener conocimientos del tema tratado por lo que, como recuerda Dunleavy, hay que buscar la máxima claridad y ofrecer resultados y conclusiones a lo largo de cada entrada. También, claro, responder a los comentarios, observaciones y críticas que susciten.
No estoy tan seguro como Dunleavy de que nos encontremos ante un nuevo paradigma de trabajo académico pero sí que se trata de herramientas útiles, al menos lo son para mí, y eso es lo que facilita la continuidad del trabajo.
Aprovecho para reiterar mi agradecimiento a todas las personas que leen, divulgan y comentan las entradas aquí publicadas.
Los fieles lectores del blog esperamos que siga siendo tan interesante e instructivo como hasta ahora. No sé como será desde una perspectiva «profana», pero desde una mínimamente implicada en el Derecho este blog es uno de los «must-reads» de la blogosfera jurídica. ¡Gracias!
Muchas gracias por el comentario y por formar parte del colectivo (autores/lectores) que lo hace posible.