Cine y derechos sociales en Jelo en verano (V): el derecho a protestar contra los recortes sociales.

La quinta y última entrega de Cine y derechos sociales en Jelo en verano se dedicó al derecho a protestar contra los recortes en las prestaciones sociales, ejerciendo derechos fundamentales como la libertad de expresión (artículo 20 de la Constitución) y el derecho de reunión y manifestación (artículo 21). El programa puede escucharse aquí.

Con este motivo comentamos El efecto Iguazú (2003), de Pere Joan Ventura, y Libre te quiero (2012), de Basilio Martín Patino.

El efecto Iguazú tiene, como peculiaridad jurídica, que la protesta de los trabajadores de la empresa Sintel, que se tradujo, entre otras medidas, en una acampada de 187 días en el Paseo de la Castellana, en Madrid, y en numerosas manifestaciones, dio lugar a una sentencia del Tribunal Constitucional, la 301/2006, de 23 de octubre, donde se dice (F. J. 2):
“en una sociedad democrática el espacio urbano no es sólo un ámbito de circulación, sino también un ámbito de participación, estableciendo que no cualquier corte de tráfico o invasión de calzadas producido en el curso de una manifestación puede incluirse en los límite del artículo 21.2 CE, sino que para poder restringir el ejercicio del derecho de reunión deberán ponderarse caso por caso todas las circunstancias específicas concurrentes en cada una de la reuniones que pretendan llevarse a cabo. En suma, la celebración de este tipo de reuniones suele producir trastornos y restricciones en la circulación de personas y de vehículos que se ven impedidos de circular libremente por el lugar en el que se celebra la reunión. Concretamente, desde la perspectiva del artículo 21.2 CE, para poder prohibir la concentración deberá producirse la obstrucción total de vías de circulación que, por el volumen de tráfico que soportan y por las características de la zona -normalmente centros neurálgicos de grandes ciudades-, provoquen colapsos circulatorios en los que, durante un período de tiempo prolongado, queden inmovilizados vehículos y se impida el acceso a determinadas zonas o barrios de la ciudad por imposibilidad de que la autoridad gubernativa habilite vías alternativas de circulación. En estos supuestos de colapso circulatorio con inmovilización e imposibilidad de acceso a determinadas zonas por inexistencia de vías alternativas, puede resultar afectado el orden público con peligro para personas o bienes si, por ejemplo, resulta imposibilitada la prestación de servicios esenciales con incidencia en la seguridad de personas o bienes, como son los servicios de ambulancias, bomberos, policía o urgencias médicas…»

Con esta doctrina, cabe concluir que la celebración de concentraciones pacíficas de manera habitual implica el uso del espacio urbano como “un ámbito de participación” y su reiteración, por sí misma, no es motivo suficiente para su prohibición y/o disolución en tanto no se impida “el acceso a determinadas zonas o barrios de la ciudad”.

Libre te quiero se centra en el nacimiento del movimiento 15M a partir de la iniciativa ¡Democracia real ya!, con la que se convocaron las movilizaciones del 15 de mayo de 2011 para reclamar 8 cuestiones: 1. Eliminación de los privilegios de la clase política, 2. Lucha contra el desempleo, 3. Derecho a la vivienda, 4. Servicios públicos de calidad, 5. Control de las entidades bancarias, 6. Reforma de la fiscalidad 7. Libertades ciudadanas y democracia participativa 8. Reducción del gasto militar.

Sobre estas cuestiones me extiendo en el libro El 15M y la promesa de la política (puede descargarse gratis en formato pdf pinchando en el título).

Una de las reivindicaciones del 15M que ha generado resultados más evidentes es la del derecho a una vivienda digna y a la paralización de los desahucios (propuesta número 3), merced, sobre todo, a la actuación de las personas agrupadas en Stop desahucios y la Plataforma de Afectados por la Hipoteca.

En lo que a la demanda de democracia participativa se refiere (propuesta 7), puede hacerse mención a la iniciativa ciudadana Por la democracia directa, que trasladó a diversos Parlamentos autonómicos la reivindicación de una reforma de los artículos 87.3, 92 y 166 de la Constitución. En el mes de septiembre esta propuesta será sometida a votación definitiva en el Parlamento asturiano y, de ser aprobada, se remitiría al Congreso de los Diputados, algo inédito hasta ahora en la historia constitucional española.

En materia de servicios públicos de calidad (petición 4), se pueden incluir las diversas mareas ciudadanas: la verde (educación), blanca (sanidad), naranja (servicios sociales), negra (servicios públicos), violeta (políticas de igualdad), granate (emigración forzada), roja (lucha contra el desempleo), marrón (defensa medioambiental), amarilla (bibliotecas públicas), azul (agua como bien común),…

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.