En la segunda entrega de Cine y derechos sociales en Jelo en verano nos ocupamos de los derechos que están vinculados al ámbito de la salud; en particular, del derecho a las prestaciones sanitarias y del derecho a decidir en los momentos finales de la vida (aquí puede escucharse).
Para ello acudimos a dos películas y un documental: Las invasiones bárbaras (Les Invasions barbares, 2003), de Denys Arcand; En estado crítico (Critical care, 1997), de Sidney Lumet y Sicko (2007), de Michael Moore.
Como es bien conocido, el derecho a recibir atención sanitaria está recogido en la mayoría de los textos constitucionales, como el artículo 43 de la Constitución española, y en normas internacionales, como la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (artículo 35). Como complemento de lo anterior, también estás protegidas las prestaciones de la Seguridad Social (artículo 41 de la Constitución española y 34 de la Carta de Derechos Fundamentales).
Precisamente, la ausencia o deficiencia del sistema público de atención sanitaria y los elevados costes que puede implicar la sanidad privada es una cuestión común a las películas y el documental citados. Con posterioridad a estas filmaciones se aprobó en Estados Unidos una reforma sanitaria que palía, aunque no corrige, los problemas detectados en el sistema de salud de ese país. Dicha reforma fue avalada, en su constitucionalidad, por el Tribunal Supremo de Estados Unidos en el caso National Federation of Independent Business et al. v. Sibelius, de 28 de junio de 2012.
Sobre la sostenibilidad del sistema sanitario español puede verse el trabajo de José Ramón Repullo Labrador (Jefe del Departamento de Planificación y Economía de la Salud de la Escuela Nacional de Sanidad): La sostenibilidad de las prestaciones sanitarias públicas, que forma parte del libro Crisis económica y atención a las personas y grupos vulnerables, 2012 que tuve la oportunidad de coordinar.
Sobre el derecho a la disposición en los momentos finales de la vida puede verse el libro Autonomía personal, cuidados paliativos y derecho a la vida, 2011.
Gracias de nuevo! Además de los textos internacionales que mencionas, también resultan de interés las decisiones sobre el fondo del Comité Europeo de Derechos Sociales sobre el art. 11 de la Carta Social Europea, en casos de denegación de asistencia sanitaria a extranjeros y a menores extranjeros. Asimismo, también merecen una lectura las últimas conclusiones del CEDS sobre España, donde advierte a nuestro país sobre el incumplimiento de la CSE en materia de asistencia sanitaria a extranjeros, tras el RD de 2012 que les retiraba la condición de asegurados (veremos que ocurre en las siguientes conclusiones, pues el gobierno español no ah realizado ningún cambio). Todo ello, a pesar de que numerosas personas, y muchos juristas, siguen proclamando que la CSE no es vinculante.
Por cierto gran elección la de Sicko!
Un abrazo!!
Muchas gracias por los comentarios y las aportaciones, Daría. El problema es que en 10 minutos no hay tiempo para mencionar todo lo que habría que comentar.