El derecho europeo de familia.

La riqueza y variedad de asuntos que llegan a los Tribunales europeos de Estrasburgo y Luxemburgo es tal que nos permite en estos momentos contar con un exhaustivo catálogo de resoluciones jurisprudenciales en las que se plasman criterios sobre el concepto de familia, el interés superior del menor y su integración familiar, las obligaciones positivas de los Estados en la materia, las condiciones para el ejercicio del derecho a contraer matrimonio, la igualdad de derechos de cónyuges, padres e hijos, el aborto y el derecho a procrear, la adopción, los derechos de visita y reagrupación familiar, la investigación de la paternidad, la educación de los hijos, la vida familiar de los extranjeros, …  He tratado de ocuparme de estas cuestiones en el libro El derecho europeo de familia, de reciente publicación en la editorial Aranzadi, tomando como material de trabajo los pronunciamientos en asuntos tan relevantes como Marckx c. Bélgica, de 13 de junio de 1979, y Elsholz contra Alemania, de 13 de julio de 2000, sobre el concepto europeo de familia; Kutzner c. Alemania, de 26 de febrero de 2002, sobre el interés superior del menor y su integración familiar; Hokkanen c. Finlandia, de 23 de septiembre de 1994, y T. P. y K. M. c. Reino Unido, de 10 de mayo de 2001, sobre las obligaciones positivas para los Estados derivadas del respeto a la vida familiar; I. c. Reino Unido, de 11 de julio de 2002, y lasentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas caso K. B., de 7 de enero de 2004, sobre el matrimonio de las personas transexuales; F. c. Suiza, de 18 diciembre de 1987, y B. y L. c. Reino Unido, de 13 de septiembre de 2005, respecto a las condiciones estatales para el ejercicio del derecho a contraer matrimonio; Johnston y otros c. Irlanda, de 18 de diciembre de 1986, sobre la separación y el divorcio; la sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (Gran Sala) caso Tadao Maruko, de 1 de abril de 2008, sobre el posible trato diferenciado entre el matrimonio y las relaciones análogas no matrimoniales; Wessels-Bergervoet c. Países Bajos, de 4 de junio de 2002, Willis c. Reino Unido, de 11 de junio de 2002, Ünal Tekeli c. Turquía, de 16 de noviembre de 2004, y la sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas caso García Avelló, de 2 de octubre de 2003, sobre la igualdad de derechos entre los cónyuges; Rasmussen c. Dinamarca, de 28 de noviembre de 1984, Salgueiro Da Silva Mouta c. Portugal, de 21 de diciembre de 1999, y Palau-Martínez c. Francia, de 16 de diciembre de 2003, a propósito de la igualdad de derechos entre los padres; Mazureck c. Francia, de 1 de febrero de 2000, en relación con la igualdad entre los hijos; Tysiac c. Polonia, de 20 de marzo de 2007, sobre el aborto, Evans c. Reino Unido, de 7 de marzo de 2006, y Dickson c. Reino Unido, núm. 2, de 4 de diciembre de 2007, y el derecho a procrear; E. B. c. Francia, de 22 de enero de 2008, sobre la adopción; Olsson c. Suecia, de 24 de marzo de 1988, respecto a las relaciones paterno-filiales; Iglesias Gil y A. U. I. c. España, de 29 de abril de 2003, y Sabou y Pircalab c. Rumania, de 28 de septiembre de 2004, y los derechos de visita y, en su caso, de reagrupación de una familia previamente separada; Gaskin c. Reino Unido, de 7 de julio de 1989, Odièvre c. Francia, de 13 de febrero de 2003, y Mikulic c. Croacia, de 7 de febrero de 2002, sobre los derechos a la investigación de la paternidad y al conocimiento de informaciones sobre la infancia y los orígenes familiares; Kjeldsen, Busk Madsen y Pedersen c. Dinamarca, de 7 de diciembre de 1976, respecto a la educación de los hijos, y Abdulaziz, Cabales y Balkandali c. Reino Unido, de 28 de mayo de 1985, Sen c. Países Bajos, de 21 de diciembre de 2001, y la sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (Gran Sala) caso Metock y otros, de 25 de julio de 2008, en relación con la vida familiar de los extranjeros y su incidencia en los casos de reagrupación familiar y expulsión. En total se han consultado 105 resoluciones de los órganos de protección del Convenio Europeo de Derechos Humanos (Comisión y, sobre todo, Tribunal) y 27 del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. Como fuente autónoma de información y material para el estudio [y que no aparece en el archivo que aquí se puede visualizar] se incorpora una parte, la segunda, en la que se reproducen 39 sentencias de los Tribunales de Estrasburgo y Luxemburgo que, por su importancia y vigencia, pueden considerarse los textos de referencia en la materia.

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