Es bien conocido que desde hace varios años se viene debatiendo sobre la necesidad de reformar la Constitución española de 1978 para modificar algunos de sus apartados. En fechas más recientes se ha empezado a especular, más que a debatir, sobre la oportunidad de reformar nuestro sistema electoral, que, como también es sabido, data de los años de la transición política a la democracia. Cuestiones como el mapa electoral, la fórmula D’Hondt, la barrera legal, el tipo de voto, los titulares del derecho,…, tienen su origen normativo en la Ley 1/1977, de 4 de enero, para la Reforma Política y el Real Decreto-Ley sobre normas electorales, de 18 de marzo de 1977.
Transcurridos treinta años y un buen número de procesos electorales y, sobre todo, constatadas las virtudes y deficiencias del sistema, parece oportuno plantearse una reflexión colectiva sobre alguno de sus elementos estructurales: a título de ejemplo, 1) las condiciones para el ejercicio del sufragio activo (mayoría de edad electoral, requisitos para la participación política de los españoles residentes de manera permanente en el extranjero y de los extranjeros residentes permanentes en España); 2) el sufragio pasivo (además de las mencionadas para el sufragio activo, la posibilidad de la sustitución temporal de los representantes en los supuestos de baja por enfermedad, incapacidad, baja por maternidad o paternidad,…); 3) la ampliación del número de diputados a elegir para que se refleje “nuestra irregular demografía” y se optimice el principio de igualdad del sufragio; 4) la eventual adopción de otra fórmula electoral proporcional para que la presencia parlamentaria de cada opción política se corresponda con su implantación social; 5) la potenciación de las facultades del Legislador autonómico para que también en el proceso de selección de sus instituciones representativas se haga presente su capacidad de orientación política,…
Suscitar este debate es lo que se pretende aquí y ahora y para ello, en los próximos meses, se irán proponiendo de manera periódica elementos concretos sobre los que se puede centrar la discusión, si bien su carácter abierto permite, como es lógico, introducir por los participantes aspectos distintos a los apuntados o volver sobre cualquier aspecto ya debatido.